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¿Cuáles son los derechos del personal de enfermería en México?

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¿Cuáles son los derechos del personal de enfermería en México?

El personal de enfermería

Al igual que los pacientes, el personal de enfermería goza de derechos que respaldan su actividad laboral dentro del sector salud, puesto que al ser una relación unilateral ambas partes deben estar protegidas.

Es por ello que a continuación hablaremos acerca de estos derechos que goza todo enfermero y enfermera dentro del territorio mexicano.



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Los derechos de las enfermeras y enfermeros en México

 México y otros países a nivel mundial manejan Cartas de Derechos para el personal de enfermería, esto debido a que se necesita regular esta actividad dentro del área de la salud.

Por lo cual, a través de este documento los enfermeros y enfermeras en el país están protegidos, sin embargo, hay que recordar que ellos también tienen obligaciones con los pacientes, sobre todo el respeto mutuo.


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Cartas de Derechos del personal de enfermería en México

A continuación mencionaremos los 10 puntos que integran la Carta de Derechos del personal de enfermería en México, las cuales responden a la integridad y buen comportamiento de esta área hospitalaria.

A su vez es necesario mencionar que esta carta de derechos de enfermería solo aplica en México, sin embargo hay más países que tienen la suya.

  1. Ejercer la enfermería con libertad, sin presiones y en igualdad de condiciones.
  2. Desempeñar su labor e intervenciones en un entorno que garantice la seguridad e integridad personal y profesional.
  3. Contar con los recursos necesarios que les permitan el óptimo desempeño de sus funciones.
  4. Abstenerse de proporcionar información que sobrepase su competencia profesional y laboral.
  5. Recibir trato digno por parte de pacientes y sus familiares, así como del personal relacionado con su trabajo, independientemente del nivel jerárquico.
  6. Tener acceso a diferentes alternativas de desarrollo profesional en igualdad de oportunidades que los demás profesionales de la salud.
  7. Tener acceso a las actividades de gestión, docencia e investigación de acuerdo a sus competencias, en igualdad de oportunidades interprofesionales.
  8. Asociarse libremente para impulsar, fortalecer y salvaguardar sus intereses profesionales.
  9. Acceder a posiciones de toma de decisiones de acuerdo a sus competencias, en igualdad de condiciones que otros profesionistas, sin discriminación alguna.
  10. Percibir remuneración por los servicios profesionales prestados.

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