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¿Cuáles son los requisitos que pide Cofepris para poner una farmacia?

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¿Cuáles son los requisitos que pide Cofepris para poner una farmacia?

¿Qué son las farmacias?

 

La farmacia es aquel establecimiento que vende productos médicos para mejorar la salud, sin embargo, en la mayoría de los casos los hace  a partir de una receta médica que indica la cantidad de medicina que requiere el paciente.

Sin embargo, en México existe un reglamento que indica los requerimientos especiales que se necesitan para poder abrir una farmacia.

Estos requisitos son dados por la Cofepris, la cual se encarga de regular los lugares en donde intervienen factores de seguridad y salubridad.



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¿Qué es la Cofepris?

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, mejor conocida como Cofepris, es el centro encargado de regular las prácticas sanitarias dentro del territorio mexicano.

A su vez, este organismo se encarga de realizar visitas, supervisiones y análisis para verificar que los establecimientos como las farmacias cumplan con las disposiciones, indicaciones y requisitos para lograr brindar a los consumidores una mayor seguridad.

Requisitos para poner una farmacia según Cofepris

 

 

  1. Contar con un aviso del responsable sanitario con título profesional acorde a las actividades que realiza dentro del establecimiento.
  2.  Tener un aviso de Funcionamiento exhibido para que el público pueda verlo.
  3.  En caso de manejar producto psicotrópicos, estupefacientes, vacunas, toxoides, sueros antitoxinas de origen animal, y hemoderivados tener una licencia sanitaria para la venta de estos medicamentos.
  4.  Tener las facturas o documentos que amparen la posesión legal de los insumos (cantidad y presentación).
  5.  Llevar un sistema de control para medicamentos controlados.
  6.  Contar con la edición vigente del Suplemento de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos (FEUM).
  7.  Las recetas surtidas deberán tener los sellos en donde se indica cantidad vendida de medicinas y la fecha.
  8.  Control y erradicación necesaria de fauna nociva.
  9.  Llevar registros de temperatura (no mayor de 30°C) y humedad relativa del ambiente de la farmacia, por lo menos tres veces al día.
  10.  Registro de la temperatura interna del refrigerador donde se conservan los medicamentos y demás insumos para la salud entre 2°C y 8°C por lo menos tres veces al día.
  11.  Realizar un registro donde se indique el nombre y clasificación del establecimiento, nombre del responsable sanitario, cédula profesional, nombre de la institución que expidió su título profesional, horario de asistencia, así como horario de funcionamiento del establecimiento.
  12. En caso de que la farmacia se encuentra en el mismo predio que otra razón social, giro o casa habitación, evitar comunicación por puertas, ventanas y pasillos.
  13.  Contar con los servicios sanitarios en número acorde a la plantilla del personal (agua, lavabo, jabón y sistema de secado de manos).
  14.  No comercialización alcohol etílico sin desnaturalizar.

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